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Separación de mutuo acuerdo

Los cónyuges que se separan compartiendo la decisión de suspender el vínculo matrimonial a través de una resolución judicial y todos aquellos efectos que se derivarán de la misma pueden utilizar la vía del mutuo acuerdo para ello. El proceso aplicable a las separaciones de mutuo acuerdo no difiere en mucho del que se establece para el divorcio de mutuo acuerdo.

Las normas en relación con la separación de mutuo acuerdo establecen cuáles son los extremos para los que como mínimo debe haber una voluntad coincidente de los cónyuges. Si en este contenido mínimo no existe un acuerdo, es necesario que la vía por la que siga la separación sea la contenciosa, lo que incrementa la duración y el coste del proceso.

Los efectos sobre los cuales debe existir un acuerdo común de las partes deben ser recogidos en el convenio regulador que acompañará a la demanda de separación que se presenta ante el Juez y que, tras su ratificación para comprobar la libre voluntad de los cónyuges al establecer su contenido, deberá quedar plasmado en la sentencia de separación. En el mismo se hará referencia a las medidas de naturaleza económica y personal que regirán las nuevas relaciones de la familia.