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Separación contenciosa y de mutuo acuerdo

La separación de un matrimonio supone la suspensión de su vínculo matrimonial lo que provoca diversos efectos familiares y económicos ya que cesa, en general, la convivencia de la pareja. Tales consecuencias y medidas deben ser concertadas para establecer un régimen que sea respetado por ambos miembros.

La decisión de separarse, así como la posición que ocupen las partes en relación con las diversas consecuencias jurídicas derivadas de esta, da lugar a que la separación judicial se desarrolle por una u otra vía. De esta manera, si los cónyuges acuerdan todos los puntos relacionados con la vida posterior al matrimonio, la separación se regirá por cauces consensuados, lo que facilita los trámites y reduce los plazos. Sin embargo, si en alguno de estos puntos los miembros de la pareja no llegan a un acuerdo de voluntades, será necesario iniciar la vía contenciosa en la que el Juez deberá tomar la decisión sobre las medidas en las que quiebra el acuerdo de los cónyuges.

El proceso de separación podrá iniciarse pasados tres meses desde la celebración del matrimonio y es un proceso autónomo al de divorcio, lo que quiere decir que no es necesario estar separado para poder iniciar estos trámites.