Convenio regulador
La redacción y puesta en común de los aspectos que debe contener el convenio tiene gran importancia, ya que de los mismos surgirá el régimen de convivencia de los cónyuges con sus hijos por lo que aunque no es obligatoria la intervención de un abogado para este proceso, sí se recomienda su presencia con el fin de que el mismo pueda ilustrar a las partes acerca de las cláusulas que se deben recoger y su contenido, el cual sea favorecedor a los intereses de la familia.
Convenio regulador divorcio
El convenio regulador se presenta junto a la demanda de separación o divorcio y el Código Civil hace mención de los extremos que en el mismo se deben incluir. Es necesario que este documento recoja sobre quién recae el cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad, el régimen de comunicación y estancia de estos con el progenitor no custodio, la atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar, la pensión de alimentos a la que deberá hacer frente para contribuir a las cargas del matrimonio el cónyuge que no conviva con la familia, la liquidación del régimen económico matrimonial y la posibilidad de reconocimiento de una pensión compensatoria.
Tras la presentación de la demanda y el convenio regulador, el Juez requerirá a las partes para que procedan a ratificar lo recogido en este documento y comprobar si efectivamente concurre su voluntad libre y verdadera sobre las medidas previstas por el mismo.
Habitualmente, una vez ratificado el convenio y habiendo verificado que las medidas que en él se incluyen no atentan contra la legalidad o suponen algún tipo de perjuicio a alguno de los cónyuges o los hijos, el Juez dictará una sentencia en la que se recogerán las pretensiones sostenidas por los cónyuges en el convenio regulador.
El contenido de convenio regulador no es inamovible sino que cabe la posibilidad que los cónyuges inicien un nuevo proceso en el que soliciten la modificación de alguna de las medidas que en el mismo se recogen. Del mismo modo que en el momento en el que se originó, es preciso que respecto a los cambios demandados haya acuerdo de voluntades y tras la correspondiente ratificación, el Juez los acepte a través de una sentencia judicial.
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